Introducción
Tanto feministas, comunitaristas y partidarios de las políticas de identidad hicieron críticas similares al neutralismo liberal que se pueden resumir en 2 preguntas según Rafael del Águila: “¿Por qué razón habrían de cancelarse las diferencias de los ciudadanos, como pretende el neutralismo? ¿Por qué habría de hacerlos aparecer como “privados de identidad” si quieren acceder al papel central de la ciudadanía democrática?” (Águila, 2003)
Las personas no siempre pueden cambiar su identidad, algunas veces porque no pueden, otras porque no quieren y a veces porque no les dejan.
Actualmente la mayoría de países cuentan con una gran diversidad cultural, la Unión Europea es un ejemplo con su lema “Unidos en la diversidad”. Mayorías y minorías se enfrentan por derechos lingüísticos, autonomía regional, representación política, etcétera.
Ramón Maíz define multiculturalismo como el “conjunto de políticas y arreglos multinacionales que del pluralismo cultural, religioso y de formas de vida de las sociedades contemporáneas, atienden a las demandas y luchas por el reconocimiento colectivo de grupos tan distintos como las minorías nacionales, los pueblos indígenas, los inmigrantes, los grupos gays o de lesbianas.”(Maíz, 2003)
Políticas del Multiculturalismo
En el ámbito de conflicto entre mayoría y minoría se hace necesario crear mecanismos de inclusión en los sistemas políticos destinados a abrir poder dentro de los excluidos, mediante el reconocimiento público de las diferencias minoritarias e impulsando las condiciones necesarias para la libertad colectiva de las minorías.
Problemas
Los problemas residen en la necesidad de clarificar la legitimidad de las restricciones internas de los grupos al individuo.
Uno de los problemas sería la consideración de que los individuos están ligados fuertemente a su identidad sobre la base de la prioridad de la autenticidad y la cultura.
Otro problema residen en “usar el poder del Estado para restringir la libertad de sus propios miembros en nombre de la solidaridad de grupo” (Águila, 2003), ya que supone el peligro de una opresión individual, el ejercicio de cualquier autoridad política implica unas restricciones a la libertad que no debe implicar por ello abusos, como ocurrió en el caso de Xurde Rocamundi.
Ramón Maíz considera que sería fundamental el cumplimiento de 3 condiciones:
a) Reciprocidad igualitaria, no discriminación en virtud a la pertenencia comunitaria del individuo.
b) Adscripción voluntaria, los ciudadanos no pueden ser asignados de forma automática a “un grupo cultural, religioso o lingüístico en virtud del nacimiento, debe permitirse la libertad de opción de los padres, inicialmente, y la personal en la edad adulta.” (Maíz, 2003)
c) Posibilidad de abandono, derecho de pertenencia a la comunidad de forma flexible sin sanciones por su abandono.
Imagen procedente de Rincón del Vago
Bibliografía
Águila, R. (2003) Tolerancia Multicultural en Arteta, A., García Guitián, E. y Máiz, R. “Teoría Política: Poder, moral, democracia” (372 -380). Madrid. Alianza Editorial
Maíz, R. (2003) Multiculturalismo en Arteta, A., García Guitián, E. y Máiz, R. “Teoría Política: Poder, moral, democracia” (447-459). Madrid. Alianza Editorial
Kymlicka, W. (1996) Ciudadanía Multicultural. Barcelona. Paidós.
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