Artículo publicado por Andrés de Francisco en Rebelión el 1/7/2007
Hay miedo al Estado. Lo hay en la tradición liberal, y lo hay en la izquierda socialista. La tradición liberal teme al Estado porque hereda dicho Estado como una estructura despótica de poder construida en el antiguo régimen por las monarquías absolutas. La izquierda socialista teme al Estado porque lo concibe como un aparato de dominación de clase del que la sociedad sólo se emancipará cuando logre resolver los conflictos ligados a su estructura clasista de dominación social.
Aquí defenderé una versión republicano-democrática del Estado fuerte. El republicanismo –la tradición republicana- es una filosofía política de la libertad. El republicanismo democrático aspira a extender esa libertad a los pobres, a los trabajadores, a los desfavorecidos, a los humildes y a hacer de ellos ciudadanos igualmente libres. Argumentaré que ello pasa por fortalecer el Estado y darle una determinada orientación. Comoquiera que un Estado fuerte representa una potencial amenaza de despotismo, argumentaré que un Estado fuerte es republicanamente posible sólo en la medida en que el gobierno de ese Estado es un gobierno democráticamente controlado, contestable y participado.
El Estado -su naturaleza, su función, su sentido, su horizonte- es un tema mayúsculo y de una enorme complejidad. La propuesta de fortalecimiento del Estado la haré en el seno de la tríada conceptual compuesta por gobierno/Estado/sociedad civil. Para empezar, el gobierno puede ser autoritario, despótico, oligárquico o democrático; el Estado puede ser fuerte o débil, ágil o ineficiente, limpio o corrupto; la sociedad civil, activa o pasiva, exigente o conformista, soberana o súbdita, abierta o cerril. De esta manera, al hablar de un Estado fuerte quiero decir –republicanamente- varias cosas: a) que quien lo gobierne gobernará un poderoso aparato con una amplia capacidad de intervención en la sociedad civil, mas de forma eficiente y transparente; b) que ese gobierno republicano del Estado tendrá una base popular democrática emanada de una sociedad civil soberana y activa; por ello, c) el gobierno republicano gobernará un Estado fuerte sin que éste caiga en la ineficiencia, la corrupción y el descontrol. Desarrollar nuestro argumento recomienda dar un pequeño rodeo histórico.
Dualismos post-hobbesianos
Cuando Bodino, allá por el siglo XVI, pone la soberanía –majestas- en el centro de la teoría política, todavía predominan los esquemas duales heredados del pensamiento medieval y de la vieja constitución feudo-estamental. El sujeto de la soberanía podía ser el gobernante, el gobernado o incluso podía hablarse de una soberanía compartida. Pero para todos, aun para los defensores del poder absoluto del monarca, el pueblo conservaba su personalidad jurídica colectiva y seguía en posesión de unos derechos inalienables fundados en un contrato original de gobierno (Herrschaftsvertrag).1 Hay que esperar a Hobbes para ver cómo el Estado aspira a absorber en sí todos los derechos tanto de gobernantes como de gobernados, y procede a postularse como sujeto único, absoluto e indivisible de la soberanía, es decir, como una estructura de poder independiente que reclama para sí toda la legitimidad política por la vía de un original pacto se sujeción fundante de la misma comunidad. 2 Lo cual suponía que antes de ese pacto no había siquiera societas civilis nacida de su propio acuerdo original sino mero estado salvaje de naturaleza.
La concepción hobbesiana del Estado no sólo suponía una “solución” radical al dualismo de la teoría política heredada entre gobernantes y gobernados. Suponía también una “solución” práctica al conflicto de soberanías entre la corte y el parlamento, primero, y entre el gobierno y el pueblo mismo, después, conflicto que llegó a su expresión armada en la guerra civil inglesa de 1642. Hobbes consiguió desde luego dotar al Estado –al Estado en sí, al mortal God- de un protagonismo, de una personalidad –y hasta de un prestigio- que ya no perdería, pero su teoría absolutista no sirvió para resolver los mencionados dualismos heredados. Antes al contrario, y afortunadamente, éstos se reprodujeron tanto en la teoría como en la práctica. Lo hicieron además por partida doble, y siempre empujados por un constante aunque intermitente impulso democrático y por una creciente consolidación del principio de soberanía popular.
De un lado, el esquema dual de la antigua constitución feudo-estamental (es decir, el de una monarquía limitada por los poderes independientes de burguesía, nobleza y clero) es el marco en el que evoluciona el modelo moderno –parlamentario- de representación política. Esta evolución tiene características propias. En primer lugar, está marcada por un creciente protagonismo del parlamento frente a la corona o la corte –es decir: el poder ejecutivo- en una de sus dos modalidades: la modalidad inglesa o la modalidad francesa. La diferencia entre ambas no es baladí. Muy al contrario, la modalidad inglesa –bicameralismo- supone un modus vivendi entre las élites del antiguo régimen en el que la antigua nobleza gozará de privilegios hereditarios durante siglos. No obstante, incluso aquí, el impulso democrático abre el conflicto entre ambas cámaras por el control del parlamento, y presenta un nuevo dualismo. La tendencia, que ya se verifica en la primera mitad del XVIII con Walpole, está marcada por el creciente acopio de poder por parte de la Cámara Baja, por los comunes, que les ganan la partida política a los lores. La modalidad francesa, la modalidad más democrática que estalla con la propia revolución, es la del unicameralismo: una única Asamblea general representativa de la nación.
Vista con cierta perspectiva histórica, esta centralidad del Parlamento –y de los Comunes dentro de los parlamentos bicamerales- representa el creciente protagonismo político de la vieja burguesía medieval que, primero hizo su conspiratio contra el señor territorial y luego se conjuró para formar la comunidad urbana como unidad política autogobernada; la misma burguesía que forzada a alienarse en un sistema de representación estamental terminó ganándole la batalla no sólo a la corona sino a los otros dos estamentos del ancien regime. Sin embargo, esa burguesía triunfante no sería ajena a la presión de nuevas pulsiones y fuerzas democráticas, esta vez, provenientes de las clases subalternas. En efecto, no acababa de afianzar su poder la burguesía a lo largo del siglo XVIII –ya a la inglesa, ya a la francesa- cuando descubre un siglo después que el suelo social que pisaba no era firme sino que se movía: el mundo subcivil de los olvidados (los domésticos y mendigos, los aprendices, los proletarii) estaba asomando a la superficie del espacio civil y buscaba el modo de activar los resortes de su propia libertad. Era el cuarto estado que venía a turbar la paz del nuevo sistema de dominación social que la burguesía post-medieval (capitalista) empezaba a protagonizar.
Y aquí se fueron abriendo dos nuevos frentes de batalla política, dos nuevos dualismos. Por un lado un frente en el que las fuerzas democráticas pugnaban por integrar en el sistema de representación político a los nullatenendi, es decir, pugnaban por ampliar la base electoral del parlamento (Asamblea general o Cámara Baja), y extender a las clases trabajadoras subalternas el derecho tanto de elegir como de ser elegidas. Esta es una de las brechas políticas centrales –la del sufragio universal- del mundo contemporáneo. No es sin embargo la única.
En efecto, hay otro frente paralelo de batalla, más sutil pero no menos importante, que representa un nuevo conflicto de soberanía y un nuevo dualismo. Pero esta vez ya no entre la corte y el parlamento, sino entre el parlamento –más o menos ampliado- y el pueblo, entre los representantes y los representados, entre los cargos electos y los electores. ¿Dónde arraiga la soberanía? Aquí, desde luego, el frente democrático radical apuesta por una concepción estricta de la soberanía popular y de la representación política. Y esta vertiente democrático-radical del sistema representativo moderno –en la que están Robespierre, los antifederalistas, y sin duda Marx, el Marx de La Comuna de París- tiene importantes implicaciones institucionales: es una democracia comisarial con mandato imperativo y revocabilidad permanente, apuesta por las circunscripciones pequeñas y la brevedad de los cargos, apuesta por la rotación obligatoria y la no reelegilidad, etc. Y permite que las fuerzas sociales –organizaciones extraparlamentarias- tengan voz. Ya sabemos que este modelo radical-democrático de gobierno representativo no prosperó, pero, sea dicho al paso, la moderna teoría de la democracia participativa bebe, como no podía ser de otra forma, de esta fuente, reivindicando el potencial político de los movimientos sociales y la participación activa de la ciudadanía de a pié.
Como vemos, lejos de haberse superado en una teoría absolutista del Estado los viejos dualismos del pensamiento político medieval, éstos se reproducen a escala ampliada y definen los sucesivos marcos en los que evoluciona el moderno sistema parlamentario y la propia teoría moderna de la democracia representativa. Recapitulando, estos dualismos son cuatro: a) el parlamento frente a la corte; b) la cámara baja frente a la cámara alta; c) cámaras incluyentes frente a cámaras que excluyen a los pobres; d) representados frente a representantes. En cada uno de estos dualismos la batalla por la soberanía la gana el primer término en un proceso creciente de afirmación del principio de soberanía popular. Sin embargo, mientras que los dos primeros - a) y b)- representan victorias reales (de la burguesía histórica); los dos últimos –c) y d)- representan más bien victorias formales (de las clases subalternas) que no han impedido que los modernos sistemas parlamentarios tengan importantes sesgos oligárquicos y se constituyan en complejas maquinarias de autorreproducción y autolegitimación de las élites en el poder.
En realidad, todos estos desarrollos post-hobessianos del pensamiento político y de las instituciones políticas son desarrollos antihobessianos. Tanto que transitan por la senda clásica del canon republicano. La verdadera impronta de la teoría hobbesiana de la soberanía del Estado hay que buscarla en otro desarrollo paralelo pero distinto al que acabamos de contar.
Estado y sociedad civil
En efecto, ocurre que a la construcción –teórica y práctica- del Estado como sujeto independiente y autorreferencial de la soberanía le acompaña casi desde el principio la construcción alternativa –en la teoría y en la práctica- de un sujeto nuevo, a saber: la sociedad civil como un sistema preexistente de relaciones y prácticas, independiente del Estado y de su organización política. El pensamiento político republicano clásico diferenciaba sólo entre dos ámbitos mutuamente excluyentes: la familia (oikos) y el Estado (polis). De tal manera que cuando el pater familias, el hombre libre, cerraba la puerta de su casa, pisaba inmediatamente el suelo político de la praxis, y según dejaba su oikos como particular pisaba el suelo de la comunidad como ciudadano. De la privacidad se pasaba a la publicidad, de la idioteia a la politeia: sin solución de continuidad. El hombre libre, que era el señor de su casa, no era más que un igual –isotes- en el Estado, en la comunidad política. Los no libres –mujeres, esclavos, niños, pobres- quedaban recluidos en la mera privacidad como un ámbito de dominación al servicio del señor de la casa.
La sociedad civil moderna es un ámbito que se abre paso entre esos dos polos clásicos de la familia y el Estado. Obviamente, ello produce un esquema triádico familia-sociedad civil-Estado que es con el que, por ejemplo, opera Hegel en su Filosofía del Derecho. La tríada hegeliana tiene gran interés porque permite diferenciar la esfera emocional de los afectos altruistas, asignándola a la familia, de la esfera racional del interés egoísta, asignándola a la sociedad civil burguesa. Y a la vez, permite encuadrar el reto político de la propia modernidad en términos de la posible conciliación, en el Estado, entre la pequeña comunidad unida por el vínculo afectivo de pertenencia y la gran sociedad de individuos dominada por el conflicto de intereses. La solución hegeliana supondría una nueva forma de solidaridad orgánica que permitiría que la sociedad civil siguiera siendo una sociedad de individuos –con sus libertades y su pluralismo- que sin embargo no fuera destruida por sus propias contradicciones internas. [El llamado corporatismo –también el de posguerra- admite fácilmente una interpretación en esa clave hegeliana; no en vano el pacto neocorporatista suponía una re-estamentalización de la sociedad civil]
Ahora bien, el esquema triádico es de alguna forma inestable y al final se resuelve en el gran dualismo sociedad civil/Estado, toda vez que la familia queda reducida a una institución más de la propia sociedad civil. Es este esquema dual el marco en el que seguimos comprendiéndonos a nosotros mismos. Por ello es obligado preguntarse: ¿cómo ha concebido el pensamiento político moderno la sociedad civil? La respuesta más inmediata es la siguiente: en radical contradistinción con el Estado. Y es aquí, por curioso que parezca, donde más influencia tiene Hobbes.
En efecto, la sociedad civil empieza donde acaba el Estado, donde acaba la ley política del Estado, que es la que restringe la libertad individual registrada en el derecho: la dualidad hobessiana lex-ius es la dualidad moderna Estado/sociedad civil. La sociedad civil –vía Hobbes- se entiende como una sociedad de individuos negativamente libres del poder del Estado y de ese Hombre Artificial que es la ley pública. Por eso la sociedad civil es necesariamente una esfera pre-política de acción y reacción entre individuos con derechos pre-políticos de libertad natural. Más aún, y también vía Hobbes, al pensar que el poder político es patrimonio exclusivo del Estado, la sociedad civil moderna se concebirá como una ámbito despolitizado de relaciones y prácticas entre individuos cuya libertad sólo se ve amenazada por el potencial coercitivo y normativo del Estado, por la ley. Al carecer de un principio político de organización, la sociedad civil no tardaría en ser vista como una esfera autónoma con su propia estructura. Esta imagen se va consolidando a lo largo del siglo XVIII, y de ella resulta una concepción de la sociedad civil organizada prepolíticamente en torno al puro interés ecónomico. La economía surge como la esencia de la sociedad civil moderna, el mercado como la esencia de la economía. Toda vez, sin embargo, que la economía pierde su referencia clásica como ley de la casa (oikos/nomos) se convierte en ley de la sociedad. La sociedad civil burguesa se constituye, pues, en sociedad capitalista de mercado con un nuevo esquema motivacional: el interés material y la utilidad privada. No sólo eso. La sociedad de mercado se piensa como un sistema sometido a sus propias leyes, a sus propias dinámicas. Por añadidura, esas leyes –al menos así terminará pensando el liberalismo- son buenas leyes. El mercado no sólo induce el crecimiento económico, también se autorregula. En consecuencia, el Estado no sólo queda al margen como lo radicalmente otro de la sociedad civil; es además considerado como un peligro potencial para su feliz, próspera y armoniosa autonomía.
Muy distinta es la concepción republicana de la sociedad civil. El republicanismo, para decirlo rápidamente, no entiende una sociedad civil despolitizada o apolítica. Locke todavía entiende sociedad civil como sinónimo de sociedad política. En realidad, ambos términos son etimológicamente idénticos, pues el término civis no es más que la traducción latina del griego polites. El liberalismo no se nutre de Locke, que es un republicano si se quiere elitista, sino de Hobbes. Es la tradición republicana la que no asume la herencia hobessiana y por ello mismo repolitiza la sociedad civil. Ello significa, para empezar, que la dominación y la coerción no son patrimonio exclusivo del Estado sino que atraviesan a la sociedad en la medida en que la sociedad tiene quiebras, fracturas y asimetrías que confieren poder a unos grupos y desapoderan a otros. El Estado es un estructura de poder, eso nadie lo niega, pero no es la única. El padre tiene poder sobre los hijos, el hombre tiene poder sobre la mujer, el patrón tiene poder sobre el obrero, el jefe sobre el subordinado, el cura sobre sus fieles, la empresa monopolista tiene poder sobre el mercado, etc.
¿Cuáles son las fuentes del poder social? Para el republicanismo la principal de esas fuentes es la propiedad. Por lo mismo, para el republicanismo, la desigual distribución de la propiedad es una de las principales fuentes del conflicto social. Tanto es así que un republicano radical como Rousseau fecha el nacimiento mismo de la sociedad civil –política- en el momento en que nace la diferenciación entre lo tuyo y lo mío, es decir, la propiedad privada. Es la propiedad privada la que fragmenta a la sociedad en poseedores y desposeídos, en ricos y pobres. Pues con la propiedad privada surge el trabajo enajenado, “y las vastas selvas se trocaron en campiñas risueñas que hubo que regar con el sudor de los hombres, y en las que pronto se vio la esclavitud y la miseria germinar y crecer con las mieses”.3 La propiedad privada no sólo divide a la sociedad en ricos y pobres sino también en opresores y oprimidos. La perspicacia y la sensibilidad democrática de Rousseau es tal que entiende cabalmente que esa estructura de dominación social –en la sociedad civil- requiere de un aparato adicional de poder -el Estado- como “precaución” de los ricos “para protegerse” de los pobres.4 Marx estaba así perfectamente asentado en la tradición republicano-democrática cuando afirma el carácter de clase del Estado realmente existente, esto es, cuando concibe al Estado como un instrumento de poder al servicio de la dominación de la clase dominante. Para el republicanismo elitista era idea aceptada que el Estado está al servicio de las clases propietarias, que es cosa suya. Marx entiende además que la sociedad civil está rota por la propiedad, que entre las clases propietarias y no propietarias se establecen necesariamente relaciones sociales de dominación y que el Estado no es simplemente de los propietarios sino un aparato de poder para la defensa activa de su sistema de dominación social y de sus privilegios propietaristas. La gran aportación de Gramsci fue darse cuenta de que el poder coercitivo del Estado no es suficiente para mantener un sistema de dominación de clase, sino que hay que completarlo con la hegemonía cultural en la sociedad civil, es decir, con un sistema institucional y simbólico capaz de ganarse el consentimiento de las clases subalternas a su propia dominación. El Estado, de hecho, sería la “trinchera avanzada” de un sistema de dominación que arranca en la propia sociedad civil considerada como un “poderoso sistema de fortalezas y casamatas”.5 De esta forma, la emancipación de la sociedad civil no sólo pasa por el control del Estado y su conversión en un aparato democráticamente gobernado y controlado, sino por conseguir la contra-hegemonía en el seno de la opinión pública, evitando que quede secuestrada por los grandes grupos de formación del discurso, que sirven a intereses minoritarios, y abriéndola a la opinión plural de las voces excluidas y silenciadas.
El republicanismo democrático no prescinde de este esquema y sigue concibiendo el Estado como una aparato de poder. Por ello, el republicanismo democrático ni pretende la minimización del Estado ni se deja engañar por las superficiales recomendaciones liberales de neutralidad estatal. El Estado republicano-democrático sería, por un lado, un Estado socialmente orientado –y, por lo tanto, nada neutral- a favor de los más pobres, de los más débiles, de los más vulnerables. Va de suyo que un Estado así ha de ser un Estado fuerte, no un Estado que “deja hacer y deja pasar”. Es un Estado que combate activamente el fraude, la corrupción y el delito, que impone restricciones desmercantilizadoras a los derechos de propiedad (sobre la vivienda, el capital, el trabajo, la tierra), que presta servicios asistenciales a los grupos más desfavorecidos y vulnerables, que resuelve problemas de coordinación y regulación social, que fuerza soluciones cooperativas por la vía institucional allí donde la cooperación no surge espontáneamente, que mantiene un sistema de enseñanza pública y universal, que defiende la soberanía nacional frente a la ingerencia extranjera, que garantiza el derecho a la existencia mediante una renta republicana de ciudadanía y otros mecanismos de protección pública, que protege ecosistemas amenazados, que hace pedagogía política, que impulsa medios públicos de in-formación de la opinión y el juicio públicos, que garantiza la pluralidad del espacio cultural, que planifica el desarrollo para que sea sostenible, etc., etc, etc... Es un Estado políticamente orientado por objetivos cívico-democráticos, consciente siempre de que la sociedad civil no es un ámbito despolitizado y autorregulado de libertad natural, sino un ámbito de poder y conflicto que no garantiza por sí solo ni la justicia social ni la racionalidad colectiva ni la amistad cívica. La fortaleza de ese Estado resulta imprescindible para que esa orientación política sea posible y efectiva.
Fortalecer la Sociedad civil, controlar el Estado
Son conocidos los temores del republicanismo ante el poder, ante el poder de los gobiernos, ante el poder del Estado. El poder –decía Platón tajantemente- hace malos a los hombres. Los corrompe. Evitar esa deriva pasa por el control ejercido por los gobernados y los ciudadanos. No hay otra opción. Mucho menos para el republicanismo democrático, que necesita un Estado fuerte.
La primera estrategia de control de la tradición republicana es constitucionalista. Se basa en una estrategia de diseño institucional que busca la división del poder y la síntesis de intereses. Así, el mejor gobierno factible sería un gobierno mixto (que busca la síntesis de los intereses de los pocos y los muchos) en el que los distintos poderes del Estado estuvieran divididos (el poder judicial del ejecutivo; y éste del legislativo) para que unos frenaran y contrapesaran a los otros. El problema de esta solución es que la división y la síntesis son perfectamente compatibles con las arquitecturas estatales oligárquicas. Además, los poderes divididos son poderes, y como tales pueden defender unilateralmente determinados intereses y privilegios. No ha sido infrecuente en la historia moderna y contemporánea ver cómo el poder judicial ha sido a menudo refugio de los selected few y un freno a los intentos de reforma constitucional pro-democrática. Por lo tanto, la división del poder y la síntesis de intereses de un gobierno republicano-democrático tendrá que ser algo distinta. Para empezar, una república democrática tendrá que incluir en su síntesis a los muchos pobres: esto es evidente y fundamental. Para terminar, la división de poderes tendrá que incidir en los aspectos dinámicos y temporales del ejercicio del poder, dividiéndolo diacrónicamente –esto es, potenciando la rotación de los cargos y restringiendo la re-elegibilidad-, al tiempo que las divisiones sincrónicas del poder no podrán nunca negar la preponderancia del poder legislativo. Para evitar el posible conflicto entre la custodia judicial de la constitución, que es conservadora, y el poder constituyente del parlamento, que es dinámico, hay que tomarse en serio la idea jeffersoniana de la democracia continua, y someter las constituciones regularmente a una gran debate y revisión públicos. La realidad es dinámica y las instituciones no pueden quedar suspendidas y congeladas en el tiempo sagrado de los muertos, sino que tienen que saber adaptarse a las nuevas necesidades de los vivos.6
En segundo lugar, el control democrático del Estado pasa por democratizar el gobierno de ese Estado. Ya vimos más arriba cómo el desarrollo del sistema parlamentario ha sido un desarrollo democrático tronchado e inconcluso, pues, en efecto, todavía queda mucho para poder decir que las cámaras de representantes representan e incluyen verdaderamente a los grupos más vulnerables; y queda mucho para poder decir que el sistema de representación responde, al menos de forma equitativa, a las necesidades y preferencias de todos los representados y es controlado, al menos de forma efectiva, por ellos. Incluso en las democracias más avanzadas sigue habiendo intereses subrepresentados e intereses sobrerrepresentados y las diferencias de propiedad y riqueza siguen explicando en buena medida esas divergencias. Por su parte, el mecanismo de la renovación contingente que pone a disposición de las ciudadanías las elecciones periódicas de líderes y partidos ha demostrado ser un mecanismo muy insuficiente de control político. Los partidos políticos de masas han cristalizado en estructuras internamente oligárquicas de poder encajadas en un sistema político cuya institución central –el parlamento- ha quedado colonizada por la lógica de los intereses partidarios y convertida en caja de resonancia de los ejecutivos de turno y de las políticas que se cuecen a puerta cerrada en consejo de ministros o en la dirección del partido en el gobierno. De esta forma, el debate en la cámara de los representantes queda aplastado por la aritmética del voto partidario y el parlamento ve seriamente mermada su capacidad de controlar al gobierno. Al final, se produce la paradoja de que la mayoría parlamentaria que respalda al gobierno, lejos de controlarlo lo encubre, mientras que las tareas de control bien se ceden a las minorías de la oposición parlamentaria, que responden a un mismo patrón y una misma lógica, bien a la opinión pública, tan permeable y porosa como los propios partidos a los intereses organizados de los grupos más poderosos de la sociedad civil.
Por todo ello, en tercer lugar, es necesario rebasar el estrecho horizonte del sistema convencional –partidista- de representación política y abrir nuevos espacios de participación extraparlamentaria. Y ello en un doble sentido. En el sentido, primero, de que las decisiones y las políticas puedan ser contestadas,7 y, segundo, en el sentido de que las decisiones y las políticas puedan ser participadas. Lo primero significa que la sociedad civil tiene la suficiente capacidad de reacción para resistir a las leyes políticas egresadas del parlamento, y forzar su modificación o impedir su ejecución. Huelga decir que esa contestación implica que la sociedad civil no está estática ni parada, sino en movimiento (social), que es dinámica, activa, que tiene voz propia, voz libre –no secuestradas por los mass media, que ya sabemos los señores a los que sirven-, y capacidad organizativa para armar la confrontación con el Estado y el gobierno. La contestación implica la existencia de un rico tejido asociativo, de fuertes redes autónomas de capital social, en un escenario tan plural y heterogéneo como plurales y heterogéneas sean las necesidades y las preferencias. Por su parte, la segunda dimensión –la participación en las decisiones- significa que la sociedad civil tiene instrumentos para cogestionar la cosa pública y participarla. En general esto implica la fusión de dos horizontes: el horizonte de la descentralización –y relativa des-burocratización- del Estado y el horizonte de la democracia de base, que no tiene por qué ser democracia directa –aunque también- sino que puede realizarse dentro de un marco profundizado de representación popular, al estilo de la tradición democrático-radical de la Comuna de París. En cualquier caso, este es un ámbito de experimentación abierto a la imaginación y las iniciativas populares. Valgan como ejemplo los presupuestos participativos de Porto Alegre, los consejos vecinales de Chicago, el sistema de democracia Pachayat8 en Bengala occidental o los consejos comunales de la actual Venezuela. El campo está abierto a la experimentación política y también a la reflexión teórica. Por ejemplo, hay propuestas interesantes de democracia asociativa –como la de J. Cohen y J. Rogers-9 que proponen una política calibrada de cesión de responsabilidad administrativa y ejecutiva a determinados grupos y asociaciones secundarias no gubernamentales siempre que cumplan determinados requisitos de organización democrática interna y de orientación cívico-republicana externa.
Andrés de Francisco es profesor de la Universidad Complutense de Madrid y escritor
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